El Congreso convirtió en ley el Acuerdo Regional de Escazú sobre temas ambientales
La Cámara de Diputados de la Nación Argentina ratificó por amplia mayoría este viernes 24 de setiembre el Acuerdo Regional de Escazú.La iniciativa que se convirtió en ley fue aprobada por 240 votos que fueron aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, y bloques provinciales, mientras que hubo cuatro votos en contra y dos abstenciones.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE EL ACUERDO?
Este acuerdo tiene como objetivo garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible. Es el único acuerdo vinculante emanado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20), el primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el mundo en contener disposiciones específicas sobre defensores de derechos humanos en asuntos ambientales.
Su característica vinculante, implica la obligatoriedad de su aplicación para aquellos países que finalmente lo ratifiquen, para así garantizar dichos derechos, como así también el reconocimiento a principios fundamentales para el derecho ambiental, como los principios “precautorio” y de “prevención”, y el de “no regresión”, que impide a los países derogar las garantías y derechos ya reconocidos por el mismo.
PRINCIPIOS DEL ACUERDO
En el artículo 3 sobre el funcionamiento de este acuerdo estipula expresamente, que cada parte se guiará por los siguientes principios :a)principio de igualdad y principio de no discriminación;b)principio de transparencia y principio de rendición de cuentas;c) principio de no regresión y principio de progresividad;d)principio de buena fe;e)principio preventivo;f)principio precautorio;g)principio de equidad intergeneracional;h)principio de máxima publicidad;i)principio de soberanía permanente de los Estados sobre sus recursos naturales;j)principio de igualdad soberana de los Estados;y k)principio pro persona.
El tratado, conocido como Acuerdo de Escazú por la ciudad de Costa Rica donde fue firmado en 2018.
Si bien de los 33 países que integran la región, solo 22 firmaron este tratado aunque hasta no obtener la ratificación por parte de 11 de los estados firmantes, el Acuerdo de Escazú no entrará en plena vigencia.
OPINIÓN AUTORIZADA
Un profundo conocedor en el derecho administrativo el Dr. Agustín Gordillo señala que la participación efectiva de los interesados es un principio clásico del derecho constitucional. En este sentido, el proceso de audiencia pública y participación ciudadana hace a la garantía de oír al interesado (con acceso al expediente, debate y prueba, control de la producción de la prueba, alegato y decisión fundada sobre los hechos alegados y probados), antes de dictar una decisión que pueda afectar sus derechos o intereses.Es preciso marcar que la cuestión de la incertidumbre y riesgo en torno a la problemática ambiental está presente en su enunciación a partir de la sanción en la ley 25.675 bajo el concepto de “principio precautorio”.
El tratado Escazú apunta a luchar contra la desigualdad y la discriminación, y garantizar los derechos de todas las personas a un ambiente sano y al desarrollo sustentable, dedicando especial atención a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad.